Desde finales del año pasado, se han aprobado varias normativas que piden a los comerciantes que vendan alimentos y comidas preparadas, avisar de los alérgenos que puedan causar alergias o diversas intolerancias. Esta normativa, denominada exactamente UE- Nº 1169/2011, proviene directamente del Parlamento Europeo y entra dentro del consejo realizado en el año 2011 para una reforma con la que favorecer la información dispuesta al consumidor para que ésta sea más comprensible. Debido a esto, el gobierno español probablemente también la aplicará a las leyes de nuestro país para definirla con mayor claridad.
Esta ley afectará a todos los negocios que vendan alimentos y bebidas que no estén envasados (aunque se envasen para que el cliente se los lleve a casa y antes estuvieran sin envasar). La finalidad de esta normativa es la de mejorar la información que reciba el consumidor, ofreciendo datos más claros y transparentes sobre algo que afecta a la salud, como son las alergias alimenticias o cualquier intolerancia. De esta manera, el consumidor se evitará contratiempos por no haber conocido exactamente lo que está consumiendo, ya que hasta ahora los anunciantes o comerciantes no se preocupaban mucho de este aspecto y delegaban más la responsabilidad de informarse en el interesado.
Estos alérgenos de los que habrá que notificar con el término «contiene», son ingredientes o sustancias tales como pescados blancos o rojos, moluscos, caracoles, crustaceos, mariscos, cacahuetes, apio, altramuces, mostaza, frutos secos, huevos, lácteos, semillas de sésamo, sulfitos, soja y cereales con gluten o trigo, que cada vez más y más personas están descubriendo los problemas que tienen al ingerirlas.
Esto afecta de lleno a varios establecimientos con comidas para llevar, donde vendan comidas preelaboradas o restaurantes, por ejemplo. Por ello, en todos estos comercios deberán notificar claramente de los alérgenos que contenga cada alimento o plato. Es un inconveniente en relación a la infraestructura que tendrán que modificar y el cuidado que habrá que tener para adaptarse a esta nueva normativa, ya que por ejemplo, las cartas de menús de los restaurantes deberán ser modificadas para informar claramente de los ingredientes susceptibles de causar intolerancias o alergias. Más información sobre etiquetado de alérgenos en una carta menu.
Al menos podemos decir que este paso es una muestra más del esfuerzo que se está realizando para favorecer al consumidor y las mejoras que se están realizando de cara a ello.